Prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas
Se ha publicado el RD 4/2023 por el que se modifica el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
Se pretende reforzar el marco jurídico de la prevención de riesgos laborales, con tal de garantizar que los principios e instrumentos ya previstos en la legislación tengan una aplicación práctica efectiva.
Con objeto de prevenir los riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, se establece la obligación concreta de prever medidas adecuadas frente a riesgos relacionados con fenómenos meteorológicos adversos, incluida la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que estos concurran -resultando obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo-, y la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista cuando la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, emita aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras.