Cambios en los traslados internacionales de RAEE
La última modificación del Convenio de Basilea amplía el control sobre los traslados de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
El Convenio de Basilea es el tratado internacional sobre el control de movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y su eliminación, es por ello que, cualquier nueva entrada de un residuo o modificación de la codificación conlleva una adaptación del resto de normativas internacionales sobre traslado de residuos. Así desde el 1 de enero de 2025 todos traslados de RAEE y componentes de RAEE a países fuera de la OCDE, se tienen que realizar bajo el procedimiento de notificación y consentimiento previo (PIC).
Además, desde la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), los países firmantes tienen que decidir si aplican estos cambios a los traslados entre países que pertenecen a la OCDE o no. Como no hubo consenso sobre la incorporación, a partir del 1 de enero de 2025, cada país miembro de la OCDE podrá aplicar controles a los movimientos transfronterizos de residuos electrónicos, de conformidad con su legislación nacional y el derecho internacional. Es decir, cada país decidirá si incorpora estos cambios o no. Y en este proceso está inmersa la Unión Europea.
Es por ello que, la Comisión Europea está elaborando dos actos delegados que modifican el Reglamento (UE) 1013/2006 y el Reglamento (UE) 2024/1157 relativos a los traslados de residuos respectivamente. Ambos fueron sometidos al trámite de consulta pública en julio, y los borradores prevén que todos los traslados de RAEE, intracomunitarios o a terceros países e independientemente de su peligrosidad, se realicen bajo el procedimiento PIC. La aplicación de este procedimiento implicará mayores trámites burocráticos, el pago de fianzas y que se alargue el procedimiento.
En este contexto, FER se ha reunido con el MITERD para manifestar la posición del sector y ha enviado alegaciones a la Comisión Europea relativo al contenido de ambos borradores.