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Multa de la CNMC en España a empresas siderúrgicas por infracciones muy graves

    La CNMC multa con 24 millones a tres empresas siderúrgicas por dos infracciones muy graves en el mercado de compra de chatarra en España.

     

      • Las compañías se desvelaron mutuamente información sobre los precios que ofertarían a los proveedores de chatarra férrica.
      • Además, compartieron datos sobre las paradas técnicas de sus instalaciones de forma que se anticipaban la futura demanda de chatarra.
      • Asimismo, intercambiaron información sobre los precios de terceros competidores obtenida de sus proveedores, que todavía no era pública para el mercado.
      • La investigación se inició a partir de una información anónima remitida a la Comisión Europea sobre la posible existencia de un cártel en el mercado de compra de chatarra.

     

    La CNMC ha sancionado dos infracciones constitutivas de cártel consistentes en intercambios de información entre empresas competidoras. Dichos intercambios se han producido, por un lado, entre AG Siderúrgica Balboa, S.A (Balboa) y Sidenor Aceros Especiales, S.L.U. (Sidenor) y, por otro lado, entre Sidenor y Arcelormittal Aceralia Basque Holding, S.L. (Arcelormittal) (S/0012/19 CHATARRA Y ACERO).

    En total, las multas impuestas ascienden a 24 millones por dos infracciones de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) consistentes en intercambios de información anticompetitivos en el mercado de compra de chatarra férrica.

    Origen del sancionador

    La investigación tuvo su origen en una información anónima presentada ante la Comisión Europea sobre la posible existencia de un cártel en el mercado de compra de chatarra en España. En noviembre de 2018 (nota de prensa) y en marzo de 2020 (nota de prensa), la CNMC llevó a cabo inspecciones domiciliarias en la sede de diversas empresas siderúrgicas. Posteriormente, en julio de 2020 (nota de prensa), la CNMC abrió un expediente sancionador contra varias empresas del sector por prácticas restrictivas de la competencia.

    Intercambios prohibidos de información

    Durante la instrucción del expediente sancionador, la CNMC ha acreditado que Balboa, Arcelormittal y Sidenor intercambiaron informaciones comercialmente sensibles.
    En primer lugar, revelaron información relativa a los precios futuros de compra que pretendían ofertar a sus proveedores de chatarra férrica. El intercambio de precios futuros entre competidores es una práctica particularmente dañina para la competencia y constitutiva de cártel.

    En segundo lugar, las empresas sancionadas intercambiaron información relativa a las paradas técnicas de sus acerías. Con ello, fueron capaces de anticipar reducciones en el nivel de la demanda de chatarra y restringir aún más la competencia.
    Por último, intercambiaron información sobre sus precios o precios de terceros competidores que todavía no eran públicos para todo el mercado.

    Todo ello permitió que las empresas sancionadas, competidoras entre sí, pudieran alinear su comportamiento y se garantizaran el aprovisionamiento de chatarra sin someterse a la disciplina del mercado.

    Sanciones impuestas

    En consecuencia, la CNMC ha impuesto las siguientes sanciones por infracciones artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) consistentes en intercambios de información anticompetitivos en el mercado de compra de chatarra férrica.

    • Intercambios de información en agosto de 2017 entre Balboa y Sidenor:
      • Balboa: 1.340.000 euros
      • Sidenor: 1.210.000 euros
    • Intercambios de información entre enero y agosto de 2018 entre Arcelormittal y Sidenor:
      • Arcelormittal: 12.120.000 euros
      • Sidenor: 9.340.000 euros

    Además de declararse la responsabilidad de dichas empresas como autoras de las prácticas sancionadas, se ha declarado la responsabilidad solidaria de las siguientes empresas matrices a los efectos del pago de las multas:

    • Arcelormittal Spain Holding, s.l. (AMSH), matriz de Arcelormittal
    • Clerbil, S.L. (Clerbil), matriz de Sidenor
    • Grupo Gallardo Balboa S.L.T, matriz de Balboa

    En el caso de Balboa, su multa ha quedado rebajada a 670.000 euros al haberse aplicado una reducción del 50% en virtud del artículo 66 de la LDC, por la colaboración de su matriz Gallardo Balboa, S.L. en el marco del Programa de Clemencia de la CNMC.

    Archivo de actuaciones

    La resolución declara asimismo el archivo de las actuaciones contra las siguientes empresas, inicialmente incoadas en el expediente, al no haberse hallado pruebas suficientes de su participación en las prácticas anticompetitivas investigadas:

    • Arcelormittal Comercial perfiles España, s.l.; Arcelormittal España, S.A. y Arcelormittal Madrid, S.L.
    • Ferimet, S.L y su matriz Compañía Española de Laminación, S.L.
    • Metalúrgica Galaica, s.a. y su Matriz Bipadosa. S.L.
    • Siderúrgica Sevillana, S.A. y su matriz Riva Forni Electtrici S.P.A.

    La CNMC recuerda que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

    https://www.cnmc.es/prensa/sancionador-chatarra-acero-20220314

    Por su parte Arcelor Mittal y Sidenor aseguran respetar la legislación y recurrirán la resolución.

     

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