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Qué plataforma usar en los traslados de residuos sujetos al procedimiento de notificación previa

    A partir del 1 de septiembre, los operadores deberán hacer uso del eSIR o del sistema telemático de aquellas comunidades autónomas que dispongan del suyo propio

    El Real Decreto 553/2020 de traslados dispone que las comunidades autónomas (CC. AA.) podrán elegir, en los traslados de residuos sujetos al procedimiento de notificación previa, que se realicen dentro de su territorio, si el sistema telemático que van a utilizar es el estatal (el eSIR) o el propio de cada una.

    Previamente, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) estableció un periodo transitorio una vez que el pasado 17 de marzo puso en funcionamiento la plataforma eSIR, su sistema telemático. De este modo, a partir del próximo 1 de septiembre será obligatorio usar eSIR para el traslado de residuos entre comunidades autónomas. Y para los traslados intracomunitarios, cada CC. AA. ha optado bien por establecer su propio procedimiento electrónico, o bien por utilizar también el eSIR. [ver mapa en página siguiente sobre las CC. AA. que optarán por esta plataforma y las que tendrán uno propio].

    Para los movimientos actuales de residuos sujetos a una notificación previa vigente (dentro del periodo de validez) y que fuera presentada con fecha anterior a la implantación del procedimiento electrónico, la remisión de los documentos de identificación deberá presentarse a las comunidades autónomas de origen y destino mediante el procedimiento que las mismas tengan establecido para ese fin.

    Una vez finalizado el periodo de validez de la notificación previa, las nuevas notificaciones deberán remitirse a través de procedimiento electrónico.

    E3L 3.3

    Para la tramitación electrónica, las CC. AA. y el MITERD han acordado un protocolo para intercambiar electrónicamente la información sobre producción y gestión de residuos. Es el denominado lenguaje E3L (Enviromental Electronico Exchange Language), un estándar XML para su empleo en los distintos documentos electrónicos de residuos.

    Además, se ha hecho publica la nueva versión del E3L, el 3.3, por lo que FER recomienda que las empresas comuniquen a la mayor brevedad posible a su proveedor de sistemas informáticos su adaptación, debido a que esta actualización será obligatoria a partir del 1 de septiembre.

    MODELOS

    El MITERD ya hizo públicos modelos de documento de notificación y de documento de identificación (DI) con notificación. Como novedad, también ha hecho público el modelo de DI para traslado sin notificación.

    Pese a que FER ha mantenido durante todo este tiempo la comunicación con su socios sobre la puesta en marcha de la plataforma eSIR, así como las posteriores actualizaciones y de su entrada en vigor, el webinario celebrado por FER sobre este sistema telemático para traslado de residuos contó una multitudinaria participación. Nada menos que 300 asistentes dieron cuenta de las numerosas dudas que genera esta plataforma a apenas cuatro meses de que entre sea obligatorio su uso para el traslado de residuos.

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